Quórum: significado, características y patrones generales

Lea este artículo para aprender sobre el quórum de una reunión. Después de leer este artículo, aprenderá sobre: ​​1. Significado del quórum 2. Características del quórum 3. Patrones generales.

Significado del quórum:

Quórum significa que el número mínimo de personas que tienen derecho a asistir a una reunión debe estar presente en la reunión para que los asuntos de la reunión puedan tramitarse de manera válida. Tal número es deseable para que una reunión tenga un carácter representativo y no se tome ninguna decisión con un número muy pequeño de personas presentes.

Al mismo tiempo, el quórum no debe ser demasiado grande para que una reunión no se realice debido a la poca asistencia.

Características del quórum:

(1) Lo que será el quórum para los diferentes tipos de reuniones de una organización se mencionan generalmente en sus estatutos o en los Estatutos en el caso de una empresa. Algunos estatutos también hacen tales disposiciones. Por ejemplo, sec. 174 de la Ley de Sociedades hace tales disposiciones. Los estatutos o los artículos no pueden proporcionar quórum más pequeño de lo que se estipula en los estatutos, en su caso.

(2) No se puede iniciar una reunión si el quórum no está presente. El quórum puede estar continuamente presente. Si algún miembro o miembros se van o se van antes y, por eso, cae el quórum, entonces cualquier decisión que se tome después no será vinculante, si los estatutos o los artículos así lo prevén.

(3) Es deber del presidente ver que el quórum esté presente. La secretaria le ayuda a contar el quórum. Si en la mitad de la reunión cae el quórum, cualquier miembro presente puede llamar la atención del presidente sobre este hecho al plantear una "cuestión de orden".

(4) Si el quórum no está presente a la hora programada de una reunión ya notificada, los miembros presentes esperarán media hora.

Después de media hora pueden tener lugar los siguientes efectos alternativos:

(A) En caso de una reunión informal:

(i) El presidente puede permitir discusiones informales pero no se pueden tomar decisiones vinculantes. La reunión se suspende y puede llevarse a cabo después de dar un nuevo aviso.

(ii) Si falta el quórum por un pequeño margen, el presidente puede permitir discusiones y tomar decisiones que, sin embargo, deben ser ratificadas formalmente en una próxima reunión en la que el quórum debe estar presente.

(B) En caso de cualquier reunión de una empresa:

La Ley dispone que la reunión se aplazará:

(i) En el caso de una reunión general para el mismo día de la próxima semana, a la misma hora y lugar o al otro día y a la otra hora y lugar que determine la Junta.

(ii) En el caso de una reunión de la Junta, a menos que los Artículos dispongan lo contrario, para el mismo día de la próxima semana, a la misma hora y lugar o si ese día es un día festivo hasta el siguiente día subsiguiente que no sea un día festivo, al mismo tiempo y lugar.

(iii) En caso de una reunión general extraordinaria solicitada por los miembros, la reunión no se levanta y la reunión simplemente falla.

(5) En el caso de una reunión de miembros de una empresa en la que se permite el poder, solo los miembros presentes en persona se cuentan para el quórum y no los representantes sino los representantes.

(6) Cuando la fracción sale al calcular el quórum (como un tercio, un cuarto), se toma en cuenta el siguiente número de ronda.

(7) Existen puntos de vista conflictivos con respecto al conteo cuando hay tenedores conjuntos de acciones. En general, se acepta que los tenedores conjuntos de acciones se tratarán como un solo miembro. Algunas personas piensan que cada titular conjunto es un miembro separado si su nombre aparece en el Registro de Miembros.

Donde el quórum no es estrictamente necesario:

Normalmente el quórum es necesario para una reunión válida.

Pero en las siguientes circunstancias, un número menor de personas puede formar el quórum:

(1) Cada vez que se levante la sesión por falta de quórum, cualquier número de miembros presentes en la reunión aplazada formará el quórum.

(2) En una reunión de la Junta cuando surge un asunto en el que uno o más de un director está o está interesado, el director o los directores en cuestión no pueden participar en la discusión. Los restantes consejeros harán el quórum. Si solo queda excluido el director, por supuesto, no puede haber quórum y el asunto se remitirá a una reunión general de miembros para su decisión.

(3) En el caso de reuniones de clase, si una sola persona posee todas las acciones de esa clase particular de acciones, solo él hará el quórum.

(4) En el caso de una reunión general anual de una empresa (organizada por orden del gobierno central sobre la queja de un solo miembro de la empresa, o una reunión general convocada por el Consejo de Derecho de la Compañía sobre la solicitud de un miembro de La compañía entonces el miembro solo presente en persona o por poder, hará el quórum cuando se celebre la reunión.

Los patrones generales del quórum:

Cada compañía en sus Estatutos o una asociación en sus leyes de estatuto o un Comité o Subcomité en sus propias reglas y regulaciones generalmente establece cuál será el quórum para los diferentes tipos de reuniones que se celebrarán en virtud de él. El quórum para una reunión general es generalmente un cuarto o un tercio del número total de miembros o un número fijo como diez, quince, etc., teniendo en cuenta la fuerza total de los miembros.

La Ley de Compañías es muy liberal y establece que si no se menciona nada en los Artículos, entonces dos miembros en caso de una empresa privada y cinco miembros en caso de una empresa pública, presentes en persona en una reunión general, formarán el quórum.

El quórum para la reunión de un comité importante, como el Comité Ejecutivo o el Comité de Dirección, generalmente se fija en un tercio. La Ley de Compañías establece que el quórum para la reunión de la Junta, si no se proporciona nada en los Artículos, será de un tercio o dos, el que sea mayor.

Los propios directores en la primera reunión de la Junta pueden fijar el quórum para las reuniones de la Junta. En algunos casos especiales, el quórum se fija en un gran porcentaje del número total de miembros. Por ejemplo, los artículos fijan a menudo el quórum para una reunión de clase en una compañía en dos tercios o tres cuartos o todos los accionistas que pertenecen a esa clase.

A veces todos los miembros hacen el quórum. Por ejemplo, en una compañía privada que tiene solo dos directores, ambos directores formarán el quórum en una reunión de la Junta. Nuevamente, en una compañía privada que tenga solo dos accionistas, ambos miembros harán el quórum en una junta general.