Parlamento francés: composición, función y papel de las comisiones

El Parlamento francés, al igual que los parlamentos de otros países democráticos, desempeña su función legislativa con la ayuda de varios comités permanentes que se denominan comisiones y comisiones ad hoc. Cada casa tiene sus propias comisiones. Después de su introducción formal en la Cámara, cada proyecto de ley pasa a una comisión. El debate regular sobre un proyecto de ley comienza solo después de que la comisión lo haya informado. La comisión puede sugerir enmiendas adecuadas en el texto del proyecto de ley, pero corresponde al Parlamento aceptar o rechazar las enmiendas propuestas.

En virtud de la Constitución de la Cuarta República, se establecieron dos tipos de comités:

(a) Comités de Clasificación, que eran como los comités permanentes de Estados Unidos, y su número era 19, y

(b) Comités especiales, que eran como comités temporales estadounidenses, y su número no podía ser más de 30.

I. Comisión:

Según la Constitución de la Quinta República, el número de comisiones permanentes se ha fijado en seis. Se hizo una reducción en el número, en primer lugar, para verificar la autoridad de las comisiones cuyos Presidentes siempre intentan convertirse en 'Ministros en la sombra', y en segundo lugar, para evitar el proceso de pérdida de tiempo de presentar a varias comisiones aquellos proyectos de ley que se relacionan con más de un ministerio

Las seis comisiones permanentes de la Asamblea Nacional son:

1. Comisión para la Iglesia, Familia y Asuntos Sociales.

2. Comisión de Asuntos Exteriores.

3. Comisión de Defensa Nacional y Fuerzas Armadas.

4. Comisión de Finanzas, Economía y Planificación.

5. Comisión de Derecho Constitucional, Legislación y Administración General.

6. Comisión de Producción e Intercambio.

Las seis comisiones permanentes del Senado son:

1. Comisión de Asuntos Culturales.

2. Comisión de Asuntos Económicos y Planificación.

3. Comisión de Asuntos Exteriores, Defensa y Fuerzas Armadas.

4. Comisión de Asuntos Sociales.

5. Comisión de Finanzas, Control Presupuestario y Cuentas Económicas de la Nación.

6. Comisión de Leyes Constitucionales, Legislación, Sufragio Universal, Procedimiento y Administración General.

Además de estas comisiones permanentes, cada Cámara puede nombrar varias comisiones temporales.

Composición de las comisiones:

La membresía de cada comisión es diferente. La Comisión de Asuntos de la Iglesia, Sociales y de la Familia tiene 120 miembros, mientras que la Comisión de Constitución, Legislación y Administración General tiene solo 60 miembros. En estas comisiones, todos los grupos parlamentarios reconocidos reciben representación proporcional.

Los miembros que no son parte pueden ser miembros de estas comisiones solo cuando sean elegidos por toda la Asamblea para cubrir las vacantes que queden después de que los asientos se hayan asignado a los miembros del grupo. Cada Comisión Permanente tiene un Presidente, 3 o 4 Vicepresidentes y 2 a 4 Secretarios. Para cada proyecto de ley, cada comisión elige un relator. El relator actúa como guardián del proyecto de ley tanto en la Comisión como en la Asamblea. Estas comisiones celebran reuniones secretas. Los ministros pueden, sin embargo, asistir a sus reuniones.

Funciones y rol de las comisiones:

Las comisiones permanentes son cuerpos muy poderosos. Pueden convocar a funcionarios y ministros antes de ellos para proporcionar explicaciones y justificaciones de las medidas que están discutiendo las comisiones. De esta manera, son similares a los comités permanentes del Congreso Americano.

II. Comisiones especiales:

Además de estas comisiones permanentes, algunas comisiones especiales también pueden ser nombradas por cada Cámara. En cada comisión especial, no puede haber más de 30 miembros de los cuales no se pueden sacar más de 15 de una sola comisión permanente. La Asamblea prescribe las reglas de procedimiento para las comisiones especiales. La Asamblea puede enviar cualquier factura a una comisión especial.

III. Comisiones de investigación:

Además de estos dos tipos de comisiones, también hay comisiones de investigación similares a los comités de investigación del Congreso estadounidense o los comités selectos de la Cámara de los Comunes británica. Cada Cámara también puede establecer comisiones de supervisión que supervisan la administración y las finanzas de las industrias nacionalizadas y los servicios públicos.

IV. Comisiones Conjuntas:

Además, cuando las dos Cámaras del Parlamento no llegan a un acuerdo sobre un proyecto de ley en particular o cuando el Gobierno declara un proyecto de ley urgente, el Primer Ministro puede pedir a las dos Cámaras que envíen el proyecto a una comisión conjunta. Dicha comisión está compuesta por un número igual de miembros seleccionados de cada Cámara. La Comisión Conjunta tiene la responsabilidad de encontrar versiones acordadas de las disposiciones en disputa.

La versión acordada preparada por la comisión se envía a ambas cámaras para una aprobación final. En otras palabras, la organización y las funciones de estas comisiones son similares a la organización y las funciones de los Comités de la Conferencia Conjunta del Congreso Americano.

Por lo tanto, el Parlamento de Francia desempeña sus funciones legislativas con la ayuda de varias comisiones bien organizadas. La organización y las funciones de estas comisiones son muy similares a la estructura y funciones del sistema de comités del Congreso de los Estados Unidos.