Proyecto de Ley de Responsabilidad Fiscal y Gestión Presupuestaria, 2000.

Proyecto de Ley de Responsabilidad Fiscal y Gestión Presupuestaria, 2000!

La declaración de estrategia de política fiscal deberá contener:

(a) Las políticas del gobierno central para el siguiente ejercicio financiero, relacionadas con los gastos tributarios, préstamos del mercado y otras obligaciones, préstamos e inversiones, precios o bienes y servicios administrados, valores y descripción de otras actividades tales como suscripción y garantías que tienen implicaciones presupuestarias potenciales;

(b) Las prioridades estratégicas del Gobierno Central para el siguiente ejercicio financiero en el área fiscal; y

(c) Las medidas y razones fiscales clave para cualquier desviación importante en las medidas fiscales relacionadas con impuestos, subsidios, gastos, precios administrados y préstamos;

(d) Una evaluación de cómo las políticas actuales del Gobierno Central están en conformidad con los principios de gestión fiscal establecidos en la declaración de estrategia de política fiscal y los objetivos establecidos en la declaración de política fiscal de mediano plazo.

El Gobierno central adoptará las medidas adecuadas para eliminar el déficit de ingresos, reducir el déficit fiscal y acumular un superávit de ingresos adecuado y, en particular, deberá:

(a) Reducir el déficit de ingresos a cero en un período de cinco ejercicios financieros que comienzan a partir del ejercicio inicial el 1 de abril de 2001 y finalizan el 31 de marzo de 2006;

(b) Acumule la cantidad excedentaria de ingresos y utilice dicha cantidad para descargar pasivos en activos excedentes:

(c) Reducir el déficit fiscal en una cantidad equivalente al medio por ciento o más del Producto Interno Bruto (PIB) estimado al final de cada año financiero que comienza el 1 de abril de 2001;

(d) Reducir el déficit fiscal para un año financiero a no más del dos por ciento del Producto Interno Bruto estimado para ese año dentro de un período de cinco años financieros que comienzan el primer día de abril de 2001 y terminan el 31 día de marzo de 2006;

(e) No otorgar garantía por cualquier monto que exceda el medio por ciento del Producto Interno Bruto estimado en cualquier año financiero, y

(f) Asegurar, dentro de un período de diez años financieros a partir del primer año fiscal de abril de 2001 y finalizar el 31 de marzo de 2011, que los pasivos totales (incluida la deuda externa al tipo de cambio actual) al final del año financiero no exceda el cincuenta por ciento del Producto Interno Bruto estimado para ese año.