2 categorías bajo las cuales se pueden clasificar las instituciones económicas internacionales

Las categorías bajo las cuales se pueden clasificar las instituciones económicas internacionales son las siguientes:

Las instituciones económicas consisten en redes de organizaciones comerciales (como fabricantes, productores, mayoristas, minoristas y compradores) que generan, distribuyen y compran bienes y servicios.

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Las instituciones económicas se dividen en dos categorías:

1) Instituciones internacionales:

Las instituciones internacionales como las Naciones Unidas, las Naciones Unidas, el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización Mundial del Comercio (OMC) y los bloques comerciales regionales desempeñan un papel considerable en la promoción y la conducción del comercio internacional. Si bien los bloques comerciales regionales y la OMC se considerarán en detalle más adelante, las funciones de las agencias restantes se explican aquí en breve:

i) Naciones Unidas (ONU):

Las Naciones Unidas se formaron después de la Segunda Guerra Mundial, para proporcionar liderazgo en el fomento de la paz y la estabilidad en todo el mundo. Actualmente, la ONU tiene 189 miembros. La mayoría de los países, tanto comunistas como democráticos, son miembros. Suiza, a la que se le prohíbe unirse a organizaciones internacionales por su Constitución, no es miembro. La ONU proporciona alimentos y suministros médicos, suministros educativos y capacitación, y recursos financieros a las naciones miembros más pobres. Las Naciones Unidas reciben su financiamiento en forma de contribuciones de los miembros basadas principalmente en el Producto Nacional Bruto (PNB). Varias organizaciones afiliadas a la ONU emprenden actividades que afectan el entorno económico internacional. La siguiente lista proporciona una idea de los tipos de trabajo que realizan muchas de las agencias:

a) Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO).

b) Organización Internacional del Trabajo (OIT).

c) Banco Mundial.

d) Fondo Monetario Internacional (FMI).

e) Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

f) Organización Mundial de la Salud (OMS).

g) Organización Mundial de la Propiedad Internacional (OMPI).

De particular interés es el papel de la ONU en la conformación del derecho comercial internacional, que a su vez tiene su impacto en el entorno económico. La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) es una de las numerosas comisiones establecidas por la ONU. El objetivo de esta agencia es promover el comercio internacional a través de la armonización del derecho comercial entre las naciones. Tiene miembros de muchas naciones. Uno de los logros de la CNUDMI ha sido la aplicación de la convención sobre contratos para la venta internacional de bienes. La convención de las Naciones Unidas sobre el transporte marítimo de mercancías por mar de 1978 fue iniciada por esta agencia y aborda los conocimientos de embarque internacionales utilizados en el envío de mercancías. En 1976, la CNUDMI adoptó normas de arbitraje que se han utilizado ampliamente.

ii) Banco Mundial:

El nombre Banco Mundial comprende dos instituciones: el Banco Internacional para la Reconstrucción y el Desarrollo (BIRF) y la Asociación Internacional de Fomento (AIF). Establecido en 1945, el BIRF no otorga préstamos de alto riesgo y los préstamos que adelanta son generalmente en términos de mercado. Por lo tanto, no puede lograr sus objetivos tanto como podría esperar. La IDA se creó en 1960 para cerrar esta brecha entre los objetivos y la realidad del BIRF. La AIF otorga préstamos a los países pobres con un PNB per cápita promedio de menos de $ 410 o más en condiciones más favorables que el BIRF. Los préstamos se otorgan solo a los gobiernos, y el BIRF y la AIF comparten las ganancias.

Una entidad separada, la Corporación Financiera Internacional (CFI), fue creada en 1956 para satisfacer las necesidades de las empresas privadas en los países en desarrollo. La CFI trabaja conjuntamente con bancos comerciales y también asesora a los países en el desarrollo de mercados de capital.

La idea detrás del BIRF y la AIF es que los países deben "graduarse", pasando primero de la asistencia de la AIF a la del BIRF, y luego, eventualmente, se convierten en contribuyentes al BIRF. Japón es el ejemplo clásico de un país que se ha "graduado" de prestatario a contribuyente.

iii) Organización Internacional del Trabajo:

La OIT nació en 1919 y es la agencia más importante que se ocupa del establecimiento de normas laborales. La iniciativa para crear la OIT provino de naciones industrialmente desarrolladas que deseaban establecer normas y estándares de conducta acordados internacionalmente para la conducción de las relaciones con los empleados.

Cada país miembro de la OIT envía dos representantes gubernamentales, uno en representación de los empleadores y el otro, los sindicatos, a la conferencia de la OIT que se reúne anualmente en Ginebra. Los debates y las propuestas presentadas antes de la conferencia son aceptados o rechazados.

2) Tratados y convenciones:

Junto con las agencias internacionales, hay tratados que también dan forma al entorno económico internacional. Un tratado es un acuerdo formal entre dos o más naciones en referencia a la paz, la alianza, las economías, etc.

Los tratados pueden cubrir casi cualquier tema de interés mutuo para las naciones, desde poner fin a la guerra y los conflictos hasta la eliminación de las armas nucleares y la promoción del comercio y la inversión a través de las fronteras nacionales. Los tratados pueden ser bilaterales (entre dos naciones) o multilaterales (entre varias naciones).

Una convención es un tratado sobre asuntos de interés común, generalmente negociado sobre una base regional o global y abierto a la adopción por parte de las naciones.

Algunos tratados y convenciones prominentes se muestran a continuación:

i) Tratados de Amistad, Comercio y Navegación (Tratados FCN):

Estos son acuerdos bilaterales que brindan una amplia gama de protección a los extranjeros que hacen negocios en un país anfitrión. Aunque cada uno es diferente, todos los tratados generalmente establecen que cada condado permitirá el establecimiento de sucursales extranjeras o corporaciones subsidiarias; el libre flujo de capital y tecnología; el trato equitativo y no discriminatorio de empresas, personas y productos extranjeros; el privilegio de adquirir y poseer bienes raíces; y el estado comercial de la nación más favorecida para los bienes.

ii) Tratado de Roma:

El Tratado de Roma es un acuerdo histórico en el sentido de que fue este el que dio origen a la Comunidad Europea, la UE. Seis países miembros (Bélgica, Alemania Occidental, Francia, Italia, Luxemburgo y los Países Bajos) firmaron el Tratado de Roma el 25 de marzo de 1957. La comunidad se comprometió a lograr la libre circulación de personas, bienes, servicios y capitales, eliminando barreras., y creando un mercado común.

iii) Tratado de Maastricht:

Si el Tratado de Roma creó la UE, el Tratado de Maastricht llevó a la Unión más allá de lo que inicialmente se creía posible. Los miembros de la UE se reunieron en 1991 en una reunión cumbre en Maastricht, Países Bajos, para planificar etapas más avanzadas de integración entre los países miembros. El resultado fue el histórico tratado firmado por los miembros de la UE en 1993. El tratado requería la creación de una moneda común y una unión política.

iv) Convención de Viena sobre el derecho de los tratados:

Esto fue adoptado en 1969, pero entró en vigor en 1980. La convención cubre temas como la interpretación, enmienda, terminación y los derechos y deberes de los países parte de un tratado que está en vigor. Esta convención influye en los negocios internacionales porque los tratados afectan el comercio entre partes de países que son signatarios de diversas convenciones.

v) Convenio de París:

El primer tratado internacional de propiedad fue el Convenio internacional para la protección de la propiedad industrial, más conocido como el Convenio de París.

Esta convención, originalmente preparada en 1883 y revisada muchas veces, garantiza que las solicitudes de marcas extranjeras y patentes de países signatarios reciban el mismo tratamiento y prioridad que los solicitantes nacionales.

vi) Tratado de Cooperación en materia de Patentes (1970) (PCT):

Este tratado complementó el Convenio de París mediante el establecimiento de un proceso de solicitud de patente centralizado. La solicitud PCT se presenta en un formulario estándar ante la Organización Intelectual Mundial (OMPI). La OMPI, una agencia de la ONU con sede en Ginebra, procesa la solicitud común y la envía a los países designados por el solicitante.